Diputado escuchó la voz del pueblo ante el registro de accionistas
- Acción Católica

- 20 feb 2020
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Actualizado: 6 mar 2020
Nota redactada por Tatiana Gutiérrez Wachong, Periodista
Cerca de 180 mil contribuyentes no pagarán multas tras aprobarse moratoria
Iniciativa contó con el aval de todas las fracciones y se aprobó en 40 días
Mediante una acción heroica y con un tiempo récord de 40 días, el diputado de la Unidad Social Cristiana, Pablo Heriberto Abarca, logró cabildear el apoyo de otras fracciones legislativas para que se aprobara una moratoria de tres meses para el registro de accionistas.
Esta propuesta benefició a 180 mil contribuyentes, pero ¿qué factores mediaron en esta negociación y cómo surgió la intención de proponerlo?
Acción Católica entrevistó al congresista rojiazul, para conocer más sobre esta noticia.
-¿Cómo surgió la inquietud de proponer la discusión del expediente 21.758?
- “Había una realidad que estaba reflejada en un montón de mensajes en redes sociales y en las diferentes comunidades que recorría.
“Muchas personas me dijeron que tenían una imposibilidad para sacar la firma digital y que estaban muy preocupadas porque tenían las citas a finales de febrero y que iban a incurrir en multas que después no iban a poder pagar, ante este sentir fue que iniciamos el trámite elemental y correspondiente para ver si se podía hacer la moratoria.
“No era nuestra intención alcahuetear a la gente, sino que había una imposibilidad real material de cumplir con el requisito”.
-¿Por qué cree que la iniciativa fue dispensada de todo trámite y se aprobó tan rápido en el Plenario?
- “El plazo fue maratónico porque los 57 diputados entendimos que era una necesidad y que con la prórroga no estamos debilitando para nada el proyecto de Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal, aprobada en el 2016, sino más bien, permitiéndole a la gente un espacio de tiempo para qué pueda concluir con el trámite de una manera más razonable.
“Consideramos también que era necesario que los costarricenses tengan un tiempo prudencial de aprendizaje, por lo que sería injusto que se apliquen sanciones que traerán repercusiones económicas a muchas familias y al sector productivo en general.
“Esta es la última vez que se va a dar una prórroga, por lo que, invito a todos los costarricenses a que concreten el trámite en estos tres meses”.
-¿Qué cambios específicos permite la moratoria?
“Durante los primeros dos meses de vigencia de esta moratoria no se aplicará ningún tipo de sanción por la no presentación de la declaración.
“En caso de presentar la declaración durante el tercer mes de vigencia de esta moratoria, se expondrá a una multa pecuniaria proporcional del 50% de la sanción que le correspondería.
“Ahora bien, de no presentar la declaración o presentarla con posterioridad al 30 de abril, se aplicará la sanción que corresponda”.
-¿Cuántas personas se beneficiaron con esta medida?
“Alrededor de 180 mil contribuyentes no habían podido completar el trámite e iban a pagar multas a partir de febrero, por uno u otro motivo a falta de acompañamiento y por la complejidad que tiene la declaración”.
La moratoria fue firmada por el presidente de la República, Carlos Alvarado, el 29 de enero del 2020 y así se frenó y se rebajó el cobro de multas económicas por el incumplimiento del registro de accionistas.
La firma del mandatario se produjo dos días después de que los diputados aprobaran en segundo debate la iniciativa de ley en Plenario con 44 votos a favor.
La aprobación se dio a tres días de que venciera el plazo para presentar la declaración de los accionistas y beneficiarios de las personas jurídicas.
El 26 de setiembre del 2020, la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado solicitó una prórroga al Ministerio de Hacienda aduciendo que el Instituto Costarricense sobre Drogas, Hacienda y el Banco Central entregaron hasta agosto las certificaciones de calidad que exige la ley sobre el resguardo de la custodia y el acceso restringido a la información de los obligados, pero que no estaban listos en ese momento.
En caso de que usted todavía tenga dudas sobre el proceso, la Administración Tributaria puso a disposición el correo infoyasistencia@hacienda.go.cr para atender las mismas.
Además, recuerde que una vez que concluya el plazo deberán haber cumplido con los requisitos, de lo contrario, se expone a sanciones económicas y también a que el Registro Nacional no pueda emitir certificaciones de personería jurídica o inscribir documentos a favor de los sujetos obligados que se encuentren en la lista de incumplidores, salvo para el caso de inscripción de responsables del suministro de la información.



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